¡Bienvenido al sitio web de Tu Abogada PTY! Somos una firma de abogados con sede en Panamá especializada en derecho comercial, derecho laboral y migración. Nuestro sitio web es su puerta de entrada a una asesoría legal confiable y profesional en estos campos.
¿Quiénes Somos?
En Tu Abogada PTY, nuestro equipo de abogados altamente capacitados se dedica a brindar soluciones legales personalizadas para nuestros clientes en Panamá y en todo el mundo. Con años de experiencia y un profundo conocimiento de las leyes panameñas, estamos comprometidos en servir sus necesidades legales de manera eficiente y efectiva.
Nuestros Servicios
En nuestro sitio web, encontrará información detallada sobre nuestros servicios en tres áreas clave:
- Derecho Familiar: Ayudamos a las familias a abordar cuestiones legales relacionadas con el divorcio, la custodia de los hijos, la pensión alimenticia y otros asuntos familiares. Nuestra misión es garantizar que los derechos y el bienestar de su familia estén protegidos.
- Derecho Laboral: Brindamos asesoramiento y representación legal en casos de despidos injustificados, discriminación laboral, acuerdos laborales y más. Estamos aquí para defender sus derechos como empleado.
- Migración: Facilitamos los trámites migratorios y ofrecemos asesoramiento legal a individuos y empresas que buscan obtener visas, residencias permanentes o resolver problemas relacionados con la migración en Panamá.
Recursos y Blog
Además de nuestros servicios, nuestro sitio web ofrece recursos útiles, como guías legales, artículos informativos y un blog en el que compartimos información actualizada sobre cambios en las leyes y temas legales relevantes en Panamá.
Contáctenos
Estamos aquí para ayudarlo. En nuestro sitio web, encontrará información de contacto para comunicarse con nuestro equipo legal. Estamos disponibles para programar una consulta y discutir cómo podemos ayudarlo a resolver sus problemas legales de manera efectiva.
En Tu Abogada PTY, creemos en la importancia de brindar asesoramiento legal sólido y personalizado. Nuestro sitio web es el primer paso para obtener la representación legal que necesita en asuntos de derecho familiar, derecho laboral y migración en Panamá.
Confíe en nosotros para ser su aliado en cuestiones legales. ¡Explora nuestro sitio web y descubre cómo podemos ayudarte hoy mismo!
Áreas de Especialidad
REQUISITOS PARA SOLICITAR PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR RAZONES DEMOGRÁFICAS, REAGRUPACIÓN FAMILIAR, DEPENDIENTE DE RESIDENTE PERMANENTE (PPT-7)
Información del Servicio
Artículo 224: “Podrán solicitar este permiso los extranjeros cónyuges, hijos menores de dieciocho (18) años, familiares con discapacidad y padres dependientes de un residente provisional de dos (2) años, residente permanente o nacional. Los hijos mayores de dieciocho (18) años hasta veinticinco (25) años, podrán ser solicitados como dependientes, siempre que estudien de forma regular y se encuentren bajo la dependencia económica del residente o nacional. El residente o nacional que demuestre tener la tutela o guarda y crianza de una persona menor de edad podrá solicitarlo como dependiente”.
1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.
2. Tres (3) fotografías.
3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).
4. Certificado de Antecedentes Penales.
5. Certificado de Salud.
6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
9. Carta de responsabilidad y repatriación del residente o nacional (debidamente notariada).
1. Constancia de parentesco (certificado de matrimonio, nacimiento, o constancia judicial de la tutela o guarda y crianza, según sea el caso).
2. Copia del carné de migración de residente provisional notariado y si tiene cédula o carné de residente permanente deberá autenticarla por la Dirección Nacional de cedulación del Registro Civil de Panamá.
3. El solicitante mayor de edad y menor de veinticinco (25) años, deberá aportar:
a. Certificación de un centro educativo que acredite su condición de estudiante a tiempo completo y de forma regular.
b. Declaración Jurada de soltería.
4. Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente. El residente puede probar dicha solvencia con una de las siguientes formas:
a. Copia de la declaración de renta, con su paz y salvo y la misma debe cumplir con el ingreso mínimo de mil balboas (B/.1,000.00) mensuales más cien balboas (B/.100.00), adicionales por cada dependiente.
b. Carta de trabajo actualizada con su respectivo talonario o ficha de la Caja del Seguro Social y copia del permiso de trabajo.
c. Carta de referencia bancaria no inferior a cuatro (4) cifras medianas.
En caso de un dependiente extranjero adoptado por un panameño deberá aportar además de lo señalado en los requisitos comunes del artículo 28 del Decreto Ley lo siguiente:
1. Carta de responsabilidad del adoptante.
2. Certificado de nacimiento expedido por la Dirección Nacional del Registro Civil.
3. Copia autenticada de la sentencia que apruebe la adopción.
4. Copia del documento de identidad del extranjero adoptado.
Transcurridos los dos (2) años el extranjero podrá solicitar la residencia permanente, aportando los requisitos mencionados en los numerales anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.
FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá; Decreto Ejecutivo No. 320, de 08 de agosto de 2008, artículos 224, 225, 226 y 226-A, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 26 de 02 de marzo de 2009, Ley 38 de 2000