¡Bienvenido al sitio web de Tu Abogada PTY! Somos una firma de abogados con sede en Panamá especializada en derecho comercial, derecho laboral y migración. Nuestro sitio web es su puerta de entrada a una asesoría legal confiable y profesional en estos campos.

¿Quiénes Somos?

En Tu Abogada PTY, nuestro equipo de abogados altamente capacitados se dedica a brindar soluciones legales personalizadas para nuestros clientes en Panamá y en todo el mundo. Con años de experiencia y un profundo conocimiento de las leyes panameñas, estamos comprometidos en servir sus necesidades legales de manera eficiente y efectiva.

Nuestros Servicios

En nuestro sitio web, encontrará información detallada sobre nuestros servicios en tres áreas clave:

  • Derecho Familiar: Ayudamos a las familias a abordar cuestiones legales relacionadas con el divorcio, la custodia de los hijos, la pensión alimenticia y otros asuntos familiares. Nuestra misión es garantizar que los derechos y el bienestar de su familia estén protegidos.
  • Derecho Laboral: Brindamos asesoramiento y representación legal en casos de despidos injustificados, discriminación laboral, acuerdos laborales y más. Estamos aquí para defender sus derechos como empleado.
  • Migración: Facilitamos los trámites migratorios y ofrecemos asesoramiento legal a individuos y empresas que buscan obtener visas, residencias permanentes o resolver problemas relacionados con la migración en Panamá.

Recursos y Blog

Además de nuestros servicios, nuestro sitio web ofrece recursos útiles, como guías legales, artículos informativos y un blog en el que compartimos información actualizada sobre cambios en las leyes y temas legales relevantes en Panamá.

Contáctenos

Estamos aquí para ayudarlo. En nuestro sitio web, encontrará información de contacto para comunicarse con nuestro equipo legal. Estamos disponibles para programar una consulta y discutir cómo podemos ayudarlo a resolver sus problemas legales de manera efectiva.

En Tu Abogada PTY, creemos en la importancia de brindar asesoramiento legal sólido y personalizado. Nuestro sitio web es el primer paso para obtener la representación legal que necesita en asuntos de derecho familiar, derecho laboral y migración en Panamá.

Confíe en nosotros para ser su aliado en cuestiones legales. ¡Explora nuestro sitio web y descubre cómo podemos ayudarte hoy mismo!

Áreas de Especialidad

PERMISO DE RESIDENTE PROVISIONAL POR RAZONES DEMOGRÁFICAS, REAGRUPACIÓN FAMILIAR CASADO CON PANAMEÑO (PPT-2) CASADO CON PANAMEÑA (PPT-3)

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Información del Servicio

Podrán solicitar este permiso los Extranjero que haya contraído matrimonio con nacional panameño(a) y que conviven con éste en condiciones de singularidad, estabilidad y continuidad.

1. Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.

2. Tres (3) fotografías.

3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado correspondiente).

4. Certificado de Antecedentes Penales.

5. Certificado de Salud.

6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.

7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.

8. Certificado de Matrimonio expedido por el Registro Civil expedido por el Registro

Civil.

9. Certificado de Nacimiento del Cónyuge Panameño(a), expedido por el Registro Civil.

10. Certificado de Nacimiento de los hijos panameños, si los tuviere, expedido por el Registro Civil.

11. Copia de la cédula de identidad del cónyuge panameño, autenticada por Cedulación Tribunal Electoral.

12. Carta notariada de responsabilidad y Repatriación del cónyuge panameño.

13. Documento que compruebe el domicilio conyugal (Contrato de arrendamiento, Título de propiedad o recibo de servicios Público que compruebe el domicilio).

EXCEPCIONES A LA REGLA:

1. El servicio Nacional de Migración podrá exonerar de la entrevista matrimonial al extranjero que tenga dos (2) hijos panameños en comunes.

2. El solicitante que haya enviudado o se haya divorciado durante el término de la duración de su permiso provisional y tenga habidos durante el matrimonio, podrá optar por la residencia permanente. En el primer caso debe aportar certificado de defunción de su conyugue y los certificados de nacimiento de los hijos habidos en el matrimonio. La sola presentación no garantiza ni obliga al servicio nacional de migración otorgar la permanencia del solicitante.

Transcurrido el término de dos (2) años del permiso provisional el extranjero podrá solicitar la residencia permanente se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y el cheque.

FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República de Panamá, Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, reglamentado por el Decreto Ejecutivo 320 de 08 de agosto de 2008 artículos 220, 221, 222, 223 y Ley 38 del 2000.

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